Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/297114
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297114
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1150
RAPTO, DELITO DE (LEGISLACION DE MICHOACAN).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1150
El tipo delictivo de rapto tiene como presupuestos típicos objetivos y subjetivos los siguientes: a) el sujeto activo del delito; b), la acción del apoderamiento de una mujer, y c), que la consumación típica tenga como características la violencia física o moral, el engaño o la seducción sobre el objeto del acto, con la finalidad primordial de satisfacer un deseo erótico o la de contraer matrimonio. De aquí se sigue que el objeto de protección del tipo penal de rapto que define el artículo 244 del Código Penal aplicable, lo es la persona atacada, y es ésta al mismo tiempo el objeto de la acción antijurídica del apoderamiento, el que no deberá ser momentáneo, sino que debe reconducirse por un lapso suficiente, para segregarla de una manera absoluta del medio familiar en que vive para el logro de los designios del raptor.
Precedentes
Amparo penal directo 2339/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.