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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1160
ESTUPRO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1160
Si no llegó a demostrarse por ningún medio de prueba la castidad y honestidad de la ofendida; como tratándose del delito de estupro, esta circunstancia constituye uno de sus elementos, no puede presumirse si no que debe ser legalmente probada, por lo que no quedó debidamente comprobado el cuerpo del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 1005/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de mayo de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.