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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297130
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1185
ANTECEDENTES PENALES DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1185
No bastan los informes de las oficinas de policía para comprobar las condenas que haya sufrido con anterioridad el procesado, sino que deben demostrarse por las copias certificadas de las sentencias respectivas; pero tratándose de los antecedentes a que se refiere el artículo 255 fracción II del Código Penal, bastan los datos proporcionados por las referidas oficinas si tal era la disposición de ese artículo en la época en que se cometieron los hechos y se pronunciaron las sentencias recurridas.
Precedentes
Amparo penal directo 4257/48. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.