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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1188
ENCUBRIMIENTO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1188
El artículo 400, fracción I, del Código Penal, supone en el responsable del acto ilícito a que se refiere, una actitud pasiva, la simple abstención de ejecutar actos encaminados a que no se consume el delito que se va a cometer o que se está cometiendo; actitud en la cual no se encuentra el reo si a él no se le atribuye la responsabilidad originada simplemente por el hecho de haber tenido conocimiento de la disposición indebida de fondos llevada a cabo por su coacusado y no haber impedido que se siguiera cometiendo el delito, dando aviso a las autoridades, sino que se le imputa una participación activa, aunque haya sido muy secundaria, en la comisión del delito llevada a cabo por el responsable principal.
Precedentes
Amparo penal directo 3082/45. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.