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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 56
PRUEBA CIRCUNSTANCIAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 56
La Primera Sala de la Suprema Corte ha establecido que las autoridades represivas tienen plena autonomía para valorizar la prueba circunstancial, siempre que no infrinjan las reglas normativas de la prueba ni las tutelares de la lógica.
Precedentes
Amparo penal directo 712/51. Verdugo Montiel Rafael. 12 de enero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.