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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297188
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 553
PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 553
No puede considerarse que el reo se encontraba a disposición del tribunal de alzada, si en primera instancia se le absolvió y el recurso contra la sentencia, interpuesto por el Ministerio Público, se admitió en el efecto devolutivo por lo que al interrumpirse las actuaciones en la segunda instancia, sí pudo correr la prescripción.
Precedentes
Tomo CXV, página 1389. Indice Alfabético. Amparo directo 1956/51. Molina Castillo Raúl. 30 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis G. Corona.
Tomo CXV, página 553. Amparo penal directo 1648/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis G. Corona.