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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 579
TENTATIVA DE HOMICIDIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 579
Si se acepta la versión de que el occiso fue arrojado a un pozo por el reo, en la creencia de que había muerto a consecuencia de los golpes recibidos durante la riña, habida entre ambos, no se configura el delito de tentativa de homicidio, si el citado occiso murió, por causas ajenas a los actos ejecutados por el reo, quien, ni al golpearlo durante la riña, ni al arrojar su cuerpo a un pozo, tuvo la intención de causarle la muerte, lo primero por los medios empleados, y lo segundo, porque obró en la creencia de que había muerto a consecuencia de los mismo golpes, cuando, se repite, la causa de la muerte fue otra.
Precedentes
Amparo penal directo 81/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de diciembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.