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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297198
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 652
ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 652
Los elementos del abuso de confianza están perfectamente configurados y comprobados, si el quejoso confesó que siendo representante de una sociedad, dispuso para sí o para otro de valores que le fueron entregados en administración, lo cual es lo mismo que en tendencia material, sin trasmisión de propiedad. La consideración del quejoso de que sería necesario que se los hubiesen entregado como a particular y no como a gerente, es fútil, puesto que el elemento que trata de introducir no está previsto en ninguna ley ni podría estarlo respecto del abuso de confianza porque es ajeno a la naturaleza de este delito.
Precedentes
Amparo penal directo 1132/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente 28 de junio de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Juan José González Bustamante. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Fernando de la Fuente.