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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 922
ESTUPRO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 922
No se configuró el delito de estupro, si de las constancias procesales no se viene en conocimiento que hubiere llegado a justificarse válidamente, que la ofendida era casta y honesta, elementos intrínsecos de la figura delictiva en cuestión, cuya ausencia quedó demostrada con la aceptación de la ofendida, de irse con su raptor y verificar el acto sexual al aceptar su proposición de que se casaría con ella una vez que hubiera obtenido su divorcio.
Precedentes
Amparo penal directo 7436/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de enero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.