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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 962
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 962
Si las confesiones de los acusados se obtuvieron mediante el uso de la violencia física y moral, se violaron en su perjuicio las garantías consagradas en los artículos 14, 16, 19, 20 y 22 de la Constitución General de la República.
Precedentes
Amparo penal directo 9247/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de enero de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: José Castro Estrada.