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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 1058
TRASTORNO MENTAL COMO EXCLUYENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 1058
Es indispensable un dictamen médico, para establecer la circunstancia de que la quejosa hubiese cometido el delito en estado de inconsciencia determinado por un trastorno mental involuntario de carácter patológico.
Precedentes
Amparo penal directo 3504/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.