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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297282
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 1119
SENTENCIAS PENALES DICTADAS EN CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIA DE LA CORTES, AMPARO CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 1119
Si la Sala responsable se concretó a cumplir una sentencia de amparo dictada por esta Suprema Corte, en la que se estableció que el quejoso cometió el delito con cierta modalidad; en esas condiciones, no puede volverse a estudiar el fondo del asunto, por lo que la demanda de amparo solamente debe atenderse en cuanto a la adecuación de la sanción.
Precedentes
Amparo penal directo 4501/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 31 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.