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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297316
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 336
CICATRICES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 336
Si la localización de la cicatriz, de acuerdo con el certificado médico de descripción de la lesión, es en la cara, no beneficia al acusado el hecho de que solamente al voltear o mirar de lado a la ofendida, sea visible o notable la cicatriz, pues la ley no hace ninguna distinción, y aun cuando dicha cicatriz se encuentre en el límite de la cara, ello no obsta para que subsista la misma clasificación.
Precedentes
Amparo penal directo 5717/51. Rodríguez Silva Porfirio. 15 de noviembre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.