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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297328
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 557
ALLANAMIENTO DE MORADA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 557
Aunque no se haya justificado en autos que se hubiese procedido en el momento preciso de quitar las puertas con la autorización del inquilino, es indudable que este permiso existía tácitamente, si el propio inquilino solicitó de la propietaria que cambiara esas puertas viejas por otras nuevas, para obtener así mejor servicio y comodidad de la casa alquilada; y si en la reposición de tales puertas transcurrió un plazo que el inquilino juzgó perjudicial a sus intereses, no es menos cierto que si no hay constancia en autos que pruebe fehacientemente que esa demora fue debida a mala fe de la propietaria, los hechos que se le imputan no pueden constituir actos delictivos.
Precedentes
Amparo penal directo 2938/46. Castelán Jesús y coags. 25 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CIII, pág. 802. Amparo directo número 2938/46. Castelán Jesús. 25 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.