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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297357
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 702
INHABILITACION, TERMINO DE LA (LEGISLACION MILITAR).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 702
El artículo 140 del código de justicia castrense, prevé el caso en que se sanciona al agente con la pena de destitución concurriendo con una privativa de libertad, inhabilitación que no podrá exceder de un término igual a la pena impuesta, lo es cuando la ley no señale otro término para la inhabilitación, pero no es aplicable a los casos en que la sanción esté prevista.
Precedentes
Amparo penal directo 2285/52. Aguirre Gastélum Simón. 25 de octubre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.