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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297371
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 119
CUMPLIMIENTO DEL DEBER (POLICIAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 119
No se advierte que la conducta del policía quejoso hubiese obedecido simplemente al cumplimiento de un deber, si no existen en el proceso indicios que hagan presumir que la víctima hubiera estado cometiendo alguna infracción penal cuando la lesionó, ni violado tampoco un bando de policía, que justificara en alguna forma su proceder.
Precedentes
Amparo penal directo 5369/51. Ortalejo Macías Daniel. 4 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José González Bustamante. La publicación no menciona el nombre del ponente.