Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/297379
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 172
DESPOJO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 172
La circunstancia de que el reo, al construir una caseta en el lote en disputa, haya contado con una sentencia que lo declara propietario, no lo exime de responsabilidad, si el lote o la parte del lote en que se verificó la construcción estaba ocupada por la ofendida, y consecuentemente, no podía aquél disponer por su propia autoridad del terreno, por imperativo categórico del artículo 395 del Código Penal, sin incurrir en el delito de despojo.
Precedentes
Amparo penal directo 2680/46. Sánchez Pérez Julián. 9 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José González Bustamante. La publicación no menciona el nombre del ponente.