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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297382
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 201
CONFESION DEL REO (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 201
Si el reo ratificó su declaración inicial, en su preparatoria, ello significa que esa confesión fue rendida libremente y que constituye, por consiguiente, la prueba fundamental en contra del reo, de conformidad con el artículo 199 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social del Estado.
Precedentes
Amparo penal directo 6042/50. Olea Salazar Roberto. 10 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José González Bustamante. La publicación no menciona el nombre del ponente.