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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 383
APELACION EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 383
Si el Tribunal Superior varió la clasificación del delito mejorando la situación jurídica del reo, no se causa agravio a éste por el hecho de que el término de la sanción impuesta haya sido igual al de primera instancia, si esa sanción no rebasa el extremo que la ley fija para los actos antijurídicos imputados al mismo reo.
Precedentes
Amparo penal directo 8746/49. Maldonado Vázquez Hilario. 1o. de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.