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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297394
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 399
TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 399
Aunque el dicho de un testigo se debilita considerablemente por sus retractaciones ulteriores, queda de todas maneras como un indicio, si al variar su versión no explica satisfactoriamente por qué declaró primeramente como lo hizo varias veces, pues es bien sabio que toda retractación no tiene más fuerza que la que le den las razones expuestas por quien la hace, referentes a las causas que lo hacen retractarse.
Precedentes
Amparo penal directo 9284/50. Sixtos Rivas Agustín. 2 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.