Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/297403
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 429
PRUEBA PRESUNTIVA EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 429
De acuerdo con la técnica que rige la apreciación de las pruebas, la de presunciones o indiciaria se basa sobre la inferencia y razonamiento, teniendo como punto de partida los hechos y circunstancias que se suponen probados y de las cuales se trata de desprender su relación con el hecho inquirido que constituye la incógnita del problema, esto es, el tema de la prueba; ya sea una hipótesis por verificar, lo mismo sobre la materialidad del delito que sobre la identificación del culpable o acerca de las circunstancias del acto incriminado.
Precedentes
Amparo penal directo 4146/51. Goñi Portillo Antonio. 6 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.