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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 508
PRISION, CONMUTACION DE LA PENA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 508
El artículo 74 del Código Penal establece como facultad para el juzgador, según su prudente arbitrio, conmutar la pena de prisión por la de multa, y si el juzgador no hizo uso de esa facultad, no puede obligársele a ello.
Precedentes
Amparo penal directo 1905/50. Villegas Alva Gustavo. 15 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.