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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 520
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 520
Aunque el beneficiario hubiese recibido los cheques sin fondos en garantía, ello no puede favorecer al quejoso, pues siendo el delito a que se contrae el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de los llamados de peligro, en todo caso el aludido beneficiado sería coautor del mencionado delito.
Precedentes
Amparo penal directo 3770/520. Ladislao Emilio Victoriano. 15 de agosto de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.