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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297480
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 997
QUERELLA NECESARIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 997
Si la querella se presentó por el representante legítimo de la caja de ahorros ofendida, el hecho de que en autos no exista constancia alguna de que la misma caja estuviese registrada conforme a la ley, no es obstáculo para que produjera todos sus efectos jurídicos entre las partes contratantes y con relación a terceros, según indiscutibles principios generales de derecho. Debe, pues, tenerse por legítimamente presentada la querella.
Precedentes
Amparo penal directo 3665/47. Pérez Vidales Enrique. 3 de abril de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.