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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297484
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 1004
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 1004
Los casos señalados por la ley como fraudes específicos, por necesidad lógica, tienen que contener en sí los elementos esenciales del fraude genérico, pues no sería especie aquélla que no estuviera comprendida dentro del género. Los elementos esenciales del fraude son: engaño o aprovechamiento de error, y esto como medio para hacerse de alguna cosa u obtener un lucro indebido.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8551/48. Olivares Terrazas David. 28 de agosto de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.