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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297502
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 1125
DAÑO CAUSADO POR ACCIDENTE, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 1125
Aun en el caso de que se le hubiera disparado la pistola al acusado de manera imprevista esto no es motivo para estimar como accidental el delito, si aquél tenía la intención de amedrentar o amenazar al ofendido, y el mismo acusado reconoce que la pistola tenía un cartucho útil en la recámara y que esta clase de armas son muy violentas y peligrosas.
Precedentes
Amparo penal directo 3529/48. Ojeda Zacarías Francisco. 11 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José González Bustamante. La publicación no menciona el nombre del ponente.