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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297519
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 30
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 30
La legítima defensa no aparece demostrada si, aun estando a lo declarado por el procesado, no se encuentra que haya repelido una agresión injusta, pues él mismo niega en todo momento haber herido, y sostiene por el contrario, que el propio ofendido se hirió a sí mismo. En tal forma resulta que malamente se puede hablar de legítima defensa, cuando el quejoso dice que nunca hirió.
Precedentes
Amparo penal directo 5972/50. Elizarraraz Alcocer Domingo. 2 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis De la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.