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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297547
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 140
CONDENA CONDICIONAL (DELINCUENTES PRIMARIOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 140
La ficha signalética del propio inculpado, de la que aparece que tuvo ingresos anteriores a la Penitenciaria por delito contra la salud y el previsto en los artículo 50 y 51 de la Ley del Servicio Militar, es insuficiente para tener por comprobado que el inculpado delinquió con anterioridad.
Precedentes
Amparo penal directo 1814/51. Orozco González Andrés. 14 de abril de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis De la Fuente. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva