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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 191
OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 191
Independientemente del natural resentimiento que pueda existir en contra de quien ha lesionado a un familiar y a uno mismo, el señalamiento hecho por el pariente de un ofendido, debe tenerse como procesalmente relevante en cuanto al señalamiento en si respecto a la autoría del hecho, y tomarse con la reserva adecuada en cuanto a las circunstancias del mismo.
Precedentes
Amparo penal directo 8299/50. Rodríguez Jiménez José. 16 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis De la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.