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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 260
CALIFICATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 260
Las calificativas en los delitos de lesiones y homicidios para que puedan imputarse al reo, necesitan ser probadas fehacientemente; pero pueden probarse por medio de la prueba circunstancial, pues si así no fuera, ello equivaldría a suprimir uno de los medios de prueba que la ley establece.
Precedentes
Amparo penal directo 2779/49. Vera Pedro. 18 de abril de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Luis Chico Goerne.