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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297611
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 567
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 567
Si la policía no agredió a una persona, ni al reo, al pretender la detención justificada de la primera, sino que ejecutaba un acto propio de sus funciones y obraba en cumplimiento de un deber legal, es indudable que al atacar a balazos el segundo, a los miembros de la Policía, de ningún modo se integró la excluyente de legítima defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 8945/49. González Acosta Tomás. 30 de abril de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.