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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 797
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 797
Si los datos aportados en autos no tienden a confirmar, sino a desvirtuar la parte que favorece al quejoso, en su confesión calificada, es entonces obligatorio el considerar probado únicamente aquélla que perjudica al quejoso dejando la carga de la prueba a él mismo en cuanto lo expresado en dicha confesión lo beneficie.
Precedentes
Amparo penal directo 320/52. Sánchez Márquez Juan. 7 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.