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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 895
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 895
Si quedó demostrado que el reo tuvo un convenio con el propietario del cheque, de que le pagaría su importe y que lo cumplió, esto lo más que acredita, es que no da lugar a sentenciarlo al pago de la reparación del daño, pero en cuanto a las demás sanciones que proceden de la acción penal, como quiera que ésta se ejercita de oficio, la responsable estuvo en lo justo al sentenciarlo.
Precedentes
Amparo penal directo 165/49. Avalos Márquez Roberto. 8 de mayo de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.