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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 987
PERITOS EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 987
Si un dictamen fue presentado ante el Agente del Ministerio Público y agregado a las diligencias practicadas, que se consignaron al Juzgado instructor, sin que en este Tribunal, se haya hecho objeción alguna por parte del acusado; en esas condiciones, no puede desconocerse valor al dictamen pericial, si concurre con otros elementos para establecer la existencia del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 9193/49. Anda Jiménez José de. 9 de mayo de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.