Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/297672
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1108
PERITOS EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1108
Como dice Mittermaier, si las contradicciones entre el perito y los testigos o el acusado, dejan en toda su fuerza las declaraciones de estos últimos, es necesario deducir que aquél se ha equivocado y no dar fe a su parecer.
Precedentes
Amparo penal directo 3901/48. Cruz Ruiz Tayde. 12 de mayo de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.