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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297712
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1323
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1323
Es inadmisible la existencia de una defensa putativa dentro de la riña; para que la defensa putativa exista se requiere el error, esencial e insuperable, sobre la existencia de la agresión o sobre la persona del agresor, y notoriamente que en la riña, habiendo la objetividad de la violencia e identificado el autor de la misma, tal situación, defensa putativa, no puede darse.
Precedentes
Amparo penal directo 5958/51. Vallejo Moya Cruz. 9 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.