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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297773
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1960
ROBO (CONFESION DEL REO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1960
La declaración del acusado, por carecerse de pruebas en contrario, es de aceptarse en toda su integridad, y no contiene la confesión de un delito, si declaró que intentó apoderarse de algo que supuso material abandonado, de una cosa que creyó sin dueño, o desechada por éste, lo que no es delictuoso.
Precedentes
Amparo penal directo 8146/50. Rivera Maldonado Luis. 27 de junio de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Juan José González Bustamante. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.