Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/297782
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2018
VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2018
Aun en el caso de que el ofendido hubiese tenido tiempo de incorporarse en la cama o de ponerse de pie, ante el ataque del heridor, no por ello dejó de estar inerme frente a un enemigo armado, y no por ello, tampoco, dejó de estar desnudo, lo que, por fuerza del pudor, lo colocó moralmente en desventaja.
Precedentes
Amparo penal directo 2488/49. Julio Osuna. 13 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. Relator: Fernando de la Fuente.