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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297784
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2019
FUERZA FISICA EXTERIOR, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2019
No debe tenerse por existente una fuerza física exterior, que el delincuente no pudiera resistir, si obró impulsado por el recuerdo de los ataques de que había sido objeto por parte del ofendido en un periódico, pues tal fuerza no es de carácter exterior, ni física, ni menos irresistible, sino de carácter subjetivo, que en todo caso podría haber fundado la exculpante consistente en haber obrado el agente en defensa de su persona, de su honor o de sus bienes.
Precedentes
Amparo penal directo 2488/49. Osuna Julio. 13 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente : José Rebolledo. Relator: Fernando de la Fuente.