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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297843
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2197
CALIFICATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2197
Las calificativas del delito deben ser probadas de manera expresa, no bastando reflexiones generales sobre el aspecto legal de los hechos para inferir dichas calificativas, y si no se rindieron pruebas que expresamente las demuestren, el delito debe ser considerado como simple.
Precedentes
Amparo penal directo 4937/51. Arce Casillas Mariano. 7 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.