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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297865
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2275
QUERELLA NECESARIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2275
La falta de oposición de la ofendida, para producir el efecto de convalidar una querella que no presenta el titular de la misma, debe estar precedida y abarcar el contenido del conocimiento que tenga de la querella que se ha presentado en su nombre; es decir, no debe considerarse una simple actitud de omisión, sino una actitud positiva de parte de la ofendida, esto es, que conociendo el hecho de que alguien se ha aquerellado en su nombre, manifieste no desautorizarlo.
Precedentes
Amparo penal directo 5734/51. Bribiesca Castañeda Jorge. 25 de junio de 1952. Mayoría de tres votos. Disidente: Fernando de la Fuente y Luis G. Corona. Relator: Luis Chico Goerne.