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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297882
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 117
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 117
Los Jueces Federales no pueden sustituir su criterio al de los Jueces comunes en la apreciación de las pruebas, sino en el caso de que no se apliquen las reglas fundamentales de la prueba o se hayan deformado los hechos.
Precedentes
Amparo penal directo 9258/50. Jesús Santiago de. 9 de enero de 1952. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.