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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 170
ACTO RECLAMADO, FALTA DE SEÑALAMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 170
No habiendo el quejoso imputado acto alguno al Juez que designó responsable, por falta de materia, procede sobreseer en lo que toca a ese funcionario, con apoyo en los artículos 1o., fracción I, 73, fracción XVIII, y 74, fracción III, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal directo 3204/48. Calvario Rodríguez Lorenzo. 10 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.