Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/297934
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 772
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 772
Si el ofendido, tan pronto como le llamó la atención a su subordinado, ahora quejoso, por su llegada tarde al trabajo, lo agarró de la ropa y lo jaloneó, es de conceptuarse que el ofendido fue quien provocó a una contienda al quejoso, por lo que las lesiones que éste le infirió deben estimarse como cometidas en riña.
Precedentes
Amparo penal directo 3637/49. Piñón Cerro Julián. 30 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona.