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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297937
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 772
MIEDO GRAVE Y LEGITIMA DEFENSA, EXCLUYENTES DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 772
No pueden coexistir la eximente de miedo grave con la de legítima defensa, porque en aquélla el sujeto activo del delito obra irreflexivamente por encontrarse en un estado de inconsciencia de sus actos, en tanto que en ésta existe conocimiento de causa, y dicho agente actúa percatándose de los actos que va a verificar, tendientes a defender su vida.
Precedentes
Amparo penal directo 3637/49. Piñón Cerro Julián. 30 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 629/54, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1954, página 1127.