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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297964
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1233
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1233
Estando comprendida la pena de prisión entre los extremos señalados por la ley para el delito de que se trata y habiendo la autoridad responsable expresado las razones que estimó lógicas para individualizar la sanción, con ello cumplió las disposiciones señaladas en la ley a ese respecto, y, por lo mismo, no violó en ese aspecto de la sentencia, las garantías constitucionales del quejoso.
Precedentes
Amparo penal directo 3800/49. Ramírez Ruiz Fermín. 20 de febrero de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.