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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297969
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1288
ACTO RECLAMADO, FALTA DE SEÑALAMIENTO DEL .
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1288
No habiendo los quejosos reclamado acto alguno de una de las autoridades designadas como responsables, por falta de materia, debe sobreseerse en cuanto a dicha autoridad, con apoyo en las fracciones I, XVII y III respectivamente, de los artículos 1o., 73, 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal directo 807/48. Vaquera Rodríguez Pablo y coags. 21 de febrero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José González Bustamante. La publicación no menciona el nombre del ponente.