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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
297978
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1352

SENTENCIAS PENALES DE PRIMERA INSTANCIA, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LAS.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1352

Precedentes

Amparo penal directo 1224/48. Rodríguez Sierra Pedro. 25 de febrero de 1952. Unanimidad de cuatro votos, en cuanto a los puntos resolutivos, y mayoría de tres, en lo que se refiere a los fundamentos del sobreseimiento. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Fernando de la Fuente.
Registro digital (IUS): 297978