Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/297993
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 297993
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1473
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1473
Si el reo golpeó al ofendido con motivo de que éste le dirigió una grave injuria, este hecho, que tuvo como consecuencia la acción material, consistente en el golpe que produjo el reo, significó el inicio de una contienda, porque se entiende que al ofender el lesionado al reo, aquél lo hizo en actitud de reto, es decir, con ánimo de pelear, por lo que ello conduce a considerar que en el caso se registró una riña, en la que el acusado tuvo el carácter de provocado.
Precedentes
Amparo penal directo 5234/51. Hernández Torres Maximiliano. 28 de febrero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.