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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298016
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1557
VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1557
Existen dos criterios doctrinales para decidir sobre la existencia de la ventaja; uno el objetivo, y otro el subjetivo; el primero ha sido definitivamente superado, a partir de la crítica que hiciera Carrara, afirmando que: "La superioridad sobre el muerto de la que abusa el matador, sin habérsela procurado deliberadamente, es un accidente del delito instantáneo, que no merece tanto rigor", y siguiendo el criterio subjetivo se evita la crítica del gran clásico, pues en éste se exige que el sujeto tenga conciencia de la superioridad con que actúa, pues de lo contrario, "no sería lógico ni equitativo impedir una circunstancia, cuando se actuó sin el conocimiento de ella". Este tribunal ha sostenido el criterio subjetivo en varias ejecutorias, y debe afirmarse que es el criterio subjetivo el aceptable, pero debidamente atemperado para evitar la confusión de la calificativa de ventaja con la de premeditación. Notoriamente en la ventaja sostenida con un criterio subjetivo, el individuo preordena la situación en que habrá de actuar, pero esa preordenación en forma alguna, puede implicar la premeditación, que no es sino una mayor intensidad de la voluntad criminal.
Precedentes
Amparo penal directo 340/50. Hernández Maclovio y coag. 5 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Ponente: Juan José González Bustamante.